La Consejería de Sanidad ha interpuesto un recurso de casación contra la sentencia del
Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) que reconoce a los médicos el derecho a
librar la guardia de los sábados y espera que sea este alto tribunal el que dicte “doctrina” ante las “sentencias contradictorias” que se han producido en los últimos meses sobre la manera en la que la Consejería madrileña aplica los
descansos tras las guardias.
La última de estas sentencias la ha emitido el juzgado de lo Contencioso-administrativo número 11 de Madrid. En este auto, que se sustenta en el mecionado fallo del
TSJM, se impone al
Servicio Madrileño de Salud (Sermas) una
indemnización en favor de un facultativo por no concederle la opción de 36 horas de descanso seguidas tras hacer guardia.
La
Consejería de Sanidad no está de acuerdo con esa interpretación y, de hecho, tampoco lo están otras sentencias de juzgados de primera instancia que han no han fallado en favor de los demandantes y que respaldan la visión del Gobierno regional. Por ello es necesario el recurso al Supremo, según la Consejería
; para que “case” las distintas interpretaciones y siente jurisprudencia.
Según ha explicado el director general de Recursos Humanos de la Consejería de Sanidad,
Pablo Calvo, a Redacción Médica, la Consejería evita la acumulación de 36 horas de libranzas por guardia en base a lo establecido por la ley regional. “La interpretación de la Administración la avala
una Ley que está en vigor. La Consejería aplica el artículo 13 de la Ley 4/2012 de modificación de los presupuestos”, explica el responsable, quien señala que si esta ley, que establece medidas de racionalización en las libranzas en la
Administración pública, presentase algún problema, podría haber sido recurrida en su día al Tribunal Constitucional, cosa que no sucedió.
A juicio de
Calvo, aplicar sentencias como la que se ha producido esta semana es incompatible con cumplir esa ley, por lo que explica que su departamento esperará a que el Supremo dicte sentencia y
“dirima” el conflicto entre las distintas interpretaciones. Algo que podría
dilatarse un año, aproximadamente. Entretanto, confía en que no se produzca un gran número de nuevas sentencias sobre este asunto –ni en un sentido ni en otro–, ya que es probable que, dado que el contencioso está en el Supremo, los tribunales de primera instancia decidan esperar a que el alto tribunal siente doctrina.
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