Redacción. Santiago de Compostela
El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 1 de Vigo ha estimado un recurso presentado por la Federación de Sanidad de CCOO, contra una resolución de la gerencia de la Estructura Organizativa de Gestión Integrada de Vigo, en la que se ofrecía a personal no clínico del Complejo Hospitalario Universitario de Vigo (Chuvi) pasar a trabajar como personal laboral en la concesionaria del nuevo hospital Álvaro Cunqueiro (HAC), y ha declarado nula y dejado sin efecto dicha resolución.
La resolución de la gerencia afectaba a de trabajadores de servicios como mantenimiento, lavandería, restauración, oficios y limpieza distribuidos en 29 categorías profesionales. El cambio era voluntario y la concesionaria se comprometía a respetar categorías, antigüedad y condiciones económicas.
El tribunal entiende que dicha resolución es “contraria al ordenamiento jurídico”, puesto que fue dictada por un órgano “carente de competencia propia para instaurar el procedimiento administrativo” de instaurar esa posibilidad de elección, “sin la previa y habilitante existencia de un Plan de Ordenación”. De hecho, pone de manifiesto que, esa resolución implicó, en realidad, una reordenación de los recursos humanos.
Asimismo, en la sentencia se recoge que se prescindió el procedimiento legalmente establecido, porque se hizo caso omiso “a la negociación exigida en el Estatuto Básico del Empleado Público, el Estatuto Marco y la Ley de Salud de Galicia”.
Por ello, el juzgado ha estimado el recurso de CCOO, y ha declarado la nulidad de esa resolución de la gerencia. Contra esta sentencia cabe recurso de apelación ante el Tribunal Superior de Justiza de Galicia (TSXG).