El Sergas reubica Admisión y crea una subdirección para evaluar a Povisa

La nueva estructura de áreas sanitarias plantea un impulso a Atención Primaria y a los puestos directivos de Enfermería

Médicos en un pasillo de hospital.


30 jun 2026. 17.40H
El Servizo Galego de Saúde (Sergas) planteó el pasado 23 de junio en Mesa Sectorial una propuesta de modificación del decreto por el que se regulan las áreas sanitarias y los distritos sanitarios del Sistema público de salud de Galicia. El objetivo del nuevo texto, que todavía es un borrador, según confirmó la propia Administración, es potenciar los recursos existentes en Atención Primaria, aunque no es el único fin del articulado.

Tal y como ha podido comprobar Redacción Médica, el planteamiento del Sergas incluye otras modificaciones aparte de las anunciadas por Sanidade. Entre ellas, la creación de la Subdirección de Supervisión y Seguimiento del contrato de servicios con el Hospital Ribera Povisa. Una nueva estructura directiva que pretende sustituir la disposición adicional segunda del anterior decreto, que concretaba el régimen aplicable al Hospital Povisa. Es decir, se dejaba claro que lo correspondía al Área Sanitaria de Vigo la coordinación, supervisión y seguimiento de los servicios y prestaciones incluidas en el concierto singular vigente con el Hospital Povisa, de conformidad con la cartera de servicios del mismo. 

Por otro lado, el texto, al que ha tenido acceso este medio, destaca que las coordinaciones de admisión perderán su dependencia directa de las gerencias y se situarán bajo la dependencia de las direcciones asistenciales, con sus nuevas denominaciones de direcciones de Atención Hospitalaria e Integración Asistencial. 

Eso sí, las que pasarán a depender de las gerencias de cada área sanitaria serán las direcciones de Atención Primaria. Ahora, se denominarán direcciones de Atención Primaria y Comunitaria y, por otro lado, las direcciones asistenciales pasarán a ser las direcciones de Atención Hospitalaria e Integración Asistencial

Por otra parte, se pretende que las direcciones de Enfermería tengan un mayor margen de actuación en la dirección, coordinación y supervisión de las actividades de Enfermería, particularmente en el ámbito de la Atención Primaria y Comunitaria. Estas direcciones pasarán a depender de las gerencias como órgano superior de dirección de cada área sanitaria. 

Refuerzo de las direcciones de Enfermería


Asimismo, el borrador de la modificación del nuevo decreto añade las funciones tanto de las direcciones de Enfermería como de las de procesos de soporte, que hasta el momento no figuraban en el anterior articulado. De esta forma, todos los puestos de nivel de dirección, dentro de las áreas sanitarias, contarán con un ámbito funcional configurado en la norma reguladores de su estructura directiva

Como ya informó este medio el 23 de junio, en el decreto se creará el Centro de Protonterapia de Galicia como unidad asistencial de alta especialización. Un proyecto basado en el convenio firmado entre el Ministerio de Sanidad, las Consejerías competentes en materia de Sanidad de las regiones y la Fundación Amancio Ortega. 

Debido a sus singularidades y a su futura relevancia, el Sergas ha considerado la creación de un puesto directivo específico para este centro asistencial. Pero, además, esta decisión viene acompaña de mantener este centro de la estructura del Sergas sin otorgarle personalidad jurídica. Concretamente, atendiendo a su ubicación y cooperación con los servicios asistenciales del Área Sanitaria de Santiago de Compostela y A Barbanza, el Centro de Protonterapia de Galicia y su dirección se creará con dependencia directa de la gerencia de esta área sanitaria. 

El texto también plantea, debido a las singularidades de este centro, que el decreto imponga de modo expreso en su artículo 19 la necesidad de elaborar un Plan Funcional. En su contenido, se especifica, figurarán las actividades, el modelo organizativo y objetivos del centro; el número de profesionales, categorías y especialidades que participan o participarán en las actividades del mismo; los requisitos de titulación y acreditación y formación adicionales exigibles a esos profesionales; y los circuitos asistenciales y protocolos básicos de actuación.

Por último, se unifican en las siete áreas sanitarias las estructuras directivas con competencias en materia de humanización, calidad y atención a la ciudadanía, mediante un puesto específico que, con nivel de subdirección, dependerá directamente de cada gerencia
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