La
Junta de Extremadura ha aprobado este miércoles el decreto por el que se
regula el procedimiento de acreditación de las enfermeras y enfermeros para la indicación, uso y autorización de dispensación de medicamentos y productos sanitarios de uso humano en la comunidad autónoma.
Este decreto se ha aprobado este miércoles por el Consejo de Gobierno, del que ha informado en rueda de prensa el presidente de la Junta de Extremadura,
Guillermo Fernández Vara, quien ha señalado que la aprobación de la "prescripción enfermera" significa "un
avance extraordinario".
Se trata de "un
reconocimiento al trabajo y a la labor que la enfermería hace y lleva haciendo en nuestro país mucho tiempo", ha reafirmado el presidente extremeño.
Este decreto será
de aplicación para quienes ejerzan su actividad profesional en la región, en servicios sanitarios públicos o privados, ya sea en el ámbito de los cuidados generales o en el de los especializados.
También será de aplicación para
enfermeros residentes en Extremadura y que no se encuentren desarrollando esta actividad profesional en el momento de formular su solicitud, según informa el Ejecutivo regional.
Procedimiento de acreditación
Así, y conforme al principio de eficiencia, el decreto establece un procedimiento de acreditación que tiene
carácter voluntario, para el que se establecen dos procedimientos complementarios, uno iniciado a instancia de parte y otro iniciado de oficio para el personal de enfermería que esté desarrollando su actividad sanitaria en cualquier centro o servicio de titularidad de la Administración Pública Autonómica o de sus entes administrativos y que cumpla todos los requisitos.
La documentación requerida para el procedimiento iniciado a instancia de parte es la "mínima imprescindible para garantizar la comprobación de los requisitos legales para obtener la acreditación,
evitándose cargas administrativas innecesarias o accesorias", señala el Ejecutivo.
Para una gestión racional de los recursos públicos, la presentación de solicitud de acreditación, la
tramitación y su resolución se realizarán por medio electrónicos.
En concreto, los requisitos para obtener esta acreditación en el ámbito de los
cuidados generales serán estar en posesión del
título de Graduado en Enfermería, Diplomado en Enfermería, Ayudante Técnico Sanitario o equivalente, así como acreditar una
experiencia profesional mínima de un año y superar un
curso de adaptación ofrecido por la Administración sanitaria.
En el ámbito de los
cuidados especializados, los requisitos serán estar en posesión del título de
Graduado en Enfermería, Diplomado en Enfermería, de Ayudante Técnico Sanitario o equivalente, así como del título de Enfermero Especialista.
También se deberá acreditar una experiencia profesional mínima de un año y superar un curso de adaptación ofrecido por la Administración sanitaria.
Aunque pueda contener afirmaciones, datos o apuntes procedentes de instituciones o profesionales sanitarios, la información contenida en Redacción Médica está editada y elaborada por periodistas. Recomendamos al lector que cualquier duda relacionada con la salud sea consultada con un profesional del ámbito sanitario.