Cataluña garantiza el
acceso universal a la sanidad pública con la aprobación de la Ley 9/2017 de universalización de la asistencia sanitaria con cargo a fondos públicos mediante el
Servicio Catalán de la Salud. De este modo,
la nueva legislación que ha sido publicada en el BOE garantiza a todos los ciudadanos que residan en la comunidad autónoma su atención en materia de salud.
Esta normativa podría servir para sortear el
Real Decreto Ley 16/2012 del Partido Popular, que limitaba
la prestación de servicios a colectivos como los inmigrantes sin papeles. Fue aprobada el pasado mes de junio en el Parlament con los votos a favor de Junts pel Sí, Catalunya Sí que es Pot, el PSC y la CUP; la abstención de Ciutadans y el voto en contra del PP.
Entre los puntos más destacables de esta ley se encuentra que el acceso a Servicio Catalán de Salud será "inmediato para los empadronados". Hasta el momento, por motivos de gestión había tres meses en los que no existía amparo. Ahora, los que no tengan padrón podrán acreditar "arraigo social" para comenzar a recibir asistencia. Aunque, en todo momento, los sin papeles pueden recurrir, entre otra cartera de servicios, a las Urgencias o la atención a embarazadas y menores.
Sanidad pública y universal por ley
La
nueva legislación que regula la asistencia del CatSalut oficializa su modelo sanitario estableciendo que "las personas que no tienen la condición de aseguradas o beneficiarias del Sistema Nacional de Salud del Estado requiere que acrediten su residencia en Cataluña y que no tengan acceso a la asistencia sanitaria, con cargo a fondos públicos, mediante una entidad diferente del Servicio Catalán de la Salud".
Además, para
garantizar este "derecho de acceso", el CatSalut "debe elaborar y desarrollar un programa de formación dirigido al personal administrativo y sanitario de todos los centros, servicios y establecimientos del Servicio Catalán de la Salud para garantizar y hacer efectivo el derecho de acceso universal a la atención sanitaria en Cataluña", como así figura en el documento.
En cuanto a los centros, servicios y establecimientos públicos y concertados que prestan asistencia "deben exhibir la información sobre el derecho de acceso universal a la atención sanitaria de forma bien visible, clara, comprensible independientemente de la lengua de los posibles beneficiarios e inequívoca con relación al derecho de acceso a las prestaciones sanitarias contenidas en esta ley".
Asimismo, entre las disposiciones de la Ley 9/2017 y en relación a los profesionales sanitarios del Instituto Catalán de la Salud, se fija que el Gobierno "dentro de las
disponibilidades presupuestarias para el 2017, debe destinar los recursos necesarios para el pago del complemento a la
pensión de los enfermeros y otros profesionales sanitarios del Instituto Catalán de la Salud que se prejubilaron antes de 2005".
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