Salut descentraliza competencias en
materias de contratación, autorización de pagos y propuesta de pagos. El Govern ha modificado el artículo 2 de la Llei 15/1990 de ordenación sanitaria para establecer que la organización y la gestión del sistema sanitario se debe ajustar a los principios de descentralización y desconcentración de la gestión y a los de racionalidad, eficacia, simplificación y eficiencia.
Hasta ahora las competencias para actuar como órgano de contratación en determinados contratos del ámbito de las inversiones y del ámbito de los gastos de bienes corrientes y de servicio y las competencias para autorizar los gastos y proponer los pagos del Servei Català de la Salut (CatSalut) estaban delegadas en el
director del Área Económica.
A partir de ahora, estas competencias recaerán en el
director del Área de Recursos Económicos, Patrimonio e Inversiones, según consta en el
Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya (DOGC).
También se delega en el subdirector del CatSalut la competencia para actuar como órgano de contratación, en los ámbitos de las inversiones y de los gastos de bienes corrientes y de servicios, en contratos de
presupuesto base de licitación que no excedan 360.000 euros.
La resolución delega al gerente de la Gerencia Económica la competencia de autorizar los gastos y proponer los pagos del CatSalut, proponer transferencias de crédito, autorizar los traspasos de crédito, la creación de habilitaciones de fondo de maniobra, la realización de la propuesta inicial del importe anual destinado a gastos que se deben justificar y la apertura de cuentas corrientes.
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