El TS reconoce que el cierre de Urgencias nocturnas no fue ajustado a derecho

Hasta ocho municipios pasaron a estar a más de media hora de distancia, el tiempo máximo previsto en la ley

Martes, 24 de febrero de 2015, a las 18:11
Redacción. Barcelona
El Tribunal Supremo ha confirmado una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, que anuló el cierre de las urgencias nocturnas de varios ambulatorios cercanos al Hospital de Vic.  El tribunal catalán  falló contra el modelo de atención continuada puesto en marcha en la comarca de Osona en marzo de 2008, al considerar que vulnera principios del decreto 258/2007 sobre la materia.

La resolución considera probada que cuando en la comarca de Osona (que engloba diez áreas básicas de salud), se concentraron todas las urgencias nocturnas en el Hospital General de Vic, hasta ocho municipios pasaron a tener este dispositivo médico a más de media hora de distancia, el tiempo máximo previsto en la ley.

CCOO había impugnado el convenio, y el Juzgado Contencioso Administrativo número 6 de Bacelona ya estimó el recurso parcialmente en 2011, pesar del recurso planteado por el Instituto Catalán de la Salud (ICS) y el Consorcio Hospitalario de Vic.

La sentencia recogía que el punto de atención continuada de Vic debe atender por las noches a una población de diez áreas básicas de salud, la de Torelló, Manlleu, Roda de Ter, Sant Hipòlit de Voltegrà, Sant Quirze de Besroa, Vic Nord, Vic Sud, Santa Eugèia de Berga, Tona y Centelles, a pesar de que el decreto de 2007 fijaba el máximo de territorios que puede abarcar un dispositivo de este tipo entre una y seis áreas básicas de salud.

Como consecuencia de ello, los habitantes de Tavertet, Cantonigrós, Rupit, Pruit, Sant Boi de Lluçanés, Alpens, Sant Martí de Sobremunt y Vidrà tardaban más de 30 minutos en llegar al punto de atención continuada de Vic, otro extremo que también impide el citado decreto.