El ICS asegura que los APD no pueden elegir en los órganos de representación de estatutarios

Recuerda que se les ha ofrecido la posibilidad de integrarse como estatutarios

Lunes, 02 de febrero de 2015, a las 17:44
Redacción. Barcelona
Como respuesta al comunicado emitido por el Sindicato Médico de Cataluña (Metges de Cataluña)sobre la exclusión de los profesionales médicos de asistencia pública domiciliaria (APD) de las elecciones a los órganos de representación del personal estatutario, desde el Instituto Catalán de la Salud (ICS) han aclarado que “dado que no son profesionales estatutarios, no pueden participar en las elecciones a los órganos de representación de este personal”.

Pere Soley, gerente del ICS.

Según apunta, los profesionales de APD tienen la consideración legal de personal funcionario y, por tanto, tienen derecho a votar y ser votados en las elecciones para elegir la composición de la Mesa Sectorial de personal funcionario de administración y técnico de la Generalitat de Cataluña , que es el órgano que los representa.

Desde el Departamento de Salud, conjuntamente con el ICS, se ha ofrecido a los funcionarios de APD la posibilidad de integrarse voluntariamente como personal estatutario. “Entendemos que los que no lo han hecho, han manifestado su voluntad de seguir vinculados a la Administración de la Generalitat de Cataluña como funcionarios, con los derechos y deberes que ello conlleva”, concluye.

ENLACES RELACIONADOS:
Metges ve “un ataque” contra el sindicato la exclusión de los APD del censo electoral del ICS (30/01/2015)