El Consejo de Gobierno del Consorcio del Clínic deberá constituirse en tres meses

El consorcio se constituye como entidad jurídica pública

Miércoles, 22 de julio de 2015, a las 10:46
Cristina Mouriño. Madrid
El Consejo de Gobierno del Consorcio que gestione el Hospital Clínic de Barcelona deberá constituirse en un periodo máximo de tres meses. Así consta en el acuerdo que autoriza su creación y que recoge el Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña, junto con sus estatutos.

Josep María Piqué, director del Clínic.

Tal y como explica el acuerdo, el consorcio se integrará en el Servicio Catalán de la Salud y estará formado por éste y la Universidad de Barcelona. Además, reconoce a los profesionales de Medicina y Enfermería la facultad de participar en la gobernanza del hospital mediante la atribución de la potestad para el nombramiento de miembros que les representen en el Consejo de Gobierno.

Según marcan los estatutos, el consorcio se constituye como entidad jurídica pública, de naturaleza institucional y de base asociativa, dotada de personalidad jurídica plena e independiente de la de sus miembros, con toda la capacidad jurídica de derecho público y privado que requiere para la realización de sus objetivos.

El Consejo de Gobierno se establece como el máximo órgano de dirección, al que acompañarán la presidencia, la vicepresidencia y la dirección general. El Consejo puede constituir comisiones de trabajo no decisorias para impulsar las políticas de gobernabilidad que acuerde, principalmente en los ámbitos laboral, de estructura y estrategia, económico-financiera o de auditoría. Estará conformado por 16 miembros: nueve en representación del Servicio Catalán de la Salud, cuatro por parte de la Universidad de Barcelona y tres en representación del conocimiento clínico de la entidad. La presidencia del Consejo tendrá una duración de cuatro años.

Este órgano tiene además la facultad de crear un órgano de participación comunitaria de usuarios y pacientes del Hospital Clínic.

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