El Boletín Oficial del Estado recoge este viernes la impugnación del Tribunal Constitucional del
Decreto 140/2017, de 7 de septiembre del Gobierno de la Generalitat de Cataluña, de normas complementarias para la celebración del r
eferéndum de autodeterminación . En la misma publicación, la Justicia nombra a una serie de
personalidades a las que se debe informar personalmente de las disposiciones y entre ellas figuran cinco del
ámbito sanitario.
Más allá del consejero de Salud,
Antoni Comín, el Tribunal Constitucional también pide la notificación de la impugnación a
David Elvira i Martínez, Director del Servicio Catalán de la Salud; a
Josep Maria Argimon i Pallas, Subdirector del Servicio Catalán de la Salud; a
Cristina Nadal i Sanmartín, Directora del Área de atención sanitaria del Servicio Catalán de la Salud y a
Xavier Rodríguez Guasch, Director de Servicios del Departamento de Salud.
El Constitucional ha advertido a estas personas de “su deber de
impedir o paralizar cualquier iniciativa que suponga ignorar o eludir la suspensión acordada”, es decir que deben impedir o paralizar cualquier acción vinculada a la realización del supuesto referéndum. En caso contrario, el tribunal ha advertido de “las eventuales
responsabilidades, incluida la penal, en las que pudieran incurrir en caso de no atender este requerimiento”.
Esta advertencia podría estar relacionada con la intención del gobierno de la Generalitat de utilizar
centros de salud públicos para la ubicación de las urnas, tal como informó Redacción Médica, si algunos ayuntamientos se niegan a ceder los colegios a la causa independentista.
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