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Cataluña limita el precio de la PCR a 75 euros dentro del CatSalut

Es aplicable a los centros integrados en el SISCAT y los demás centros adscritos de manera temporal

Alba Vergés, consejera de Salud.

15 dic 2020. 11.55H
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POR IVÁN FERNÁNDEZ
La consejería de Salud de Cataluña ha establecido una contraprestación económica de 75 euros por cada PCR que se derive a centros adscritos al CatSalut. Según la normativa publicada en el Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña, la tarifa es aplicable a los centros integrados en el Sistema sanitario integral de utilización pública de Cataluña (SISCAT) y a los centros integrados funcionalmente de manera temporal.

Cabe recordar que el pasado marzo se estableció la integración funcional y temporal en el CatSalut de las mutuas de accidentes de trabajo y los centros y establecimientos sanitarios privados, en el marco de la estrategia de respuesta a la epidemia del coronavirus. Un establecimiento de mando único sanitario que se retomó con la resolución del 4 de noviembre de 2020 y mediante el cual se estableció la integración funcional y temporal en el CatSalut de las mutuas de accidentes de trabajo y los centros y establecimientos sanitarios privados de Cataluña que no formaran parte con anterioridad. 

En dicha resolución, en su punto quinto, se establece que el CatSalut tiene que establecer un sistema de contraprestación económica para compensar, bajo criterios de proporcionalidad y equidad, la actividad asistencial prestada en su cuenta por parte de los centros privados integrados funcionalmente en el SISCAT.

El Consejo de Dirección del Servicio Catalán de la Salud ha sido el órgano encargado de proponer esta nueva tarifa equitativa y que entra en vigor desde hoy mismo. El precio de 75 euros se ha estipulado de la siguiente manera:
  • Extracción de la muestra: 9,08 euros
  • Técnica de laboratorio: 61,34 euros
  • Transporte: 4,58 euros
Según la normativa, en caso de que la entidad que factura la prueba PCR al Servicio Catalán de la Salud no haya realizado todas las partes del proceso, tiene que compensar las entidades que hayan efectuado determinadas partes del mismo conforme a los acuerdos particulares que puedan existir o según los precios de referencia.

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