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La justicia avala la limitación de aforos y reuniones en Cataluña

El Govern se convierte en el segundo gobierno autonómico en obtener el respaldo de la justicia local

Pere Aragonés, presidente en funciones de la Generalitat.

07 may 2021. 13.00H
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El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ha avalado las dos restricciones que plantea el Govern de Cataluña una vez finalice el estado de alarma este domingo y que requerían el aval judicial dado que afectan a derechos fundamentales

De manera que la justicia considera legítimo que el Ejecutivo catalán limite los encuentros a un máximo de seis personas, tanto en el exterior como en el interior y el aforo del 50 por ciento en los actos religiosos y ceremonias civiles. Estas medidas afectan al derecho de reunión y al derecho al culto, respectivamente.

Cataluña se convierte así en la segunda comunidad autónoma en lograr el aval de la justicia autonómica, tras la ratificación de los tribunales de baleares al toque de queda impuesto por el ejecutivo de Francina Armengol.


Proporcionadas ante la protección de la población


La Fiscalía había presentado este jueves ante la sala contencioso-administrativa del TSJC un informe favorable a las medidas presentadas por la Generalitat. El ministerio público avala las medidas porque considera que, si bien afectan a derechos fundamentales y no se pueden aplicar de forma generalizada, en este caso son proporcionadas teniendo en cuenta la "necesidad de proteger la salud de la población".

Este dictamen afecta exclusivamente a las dos medidas mencionadas anteriormente, pero no al resto de restricciones que el Govern anunciará este viernes. Por lo tanto, la justicia no se pronunciará sobre la reapertura de la restauración para cenas hasta las 23 horas y la ampliación del horario de cierre de comercios de las 21 a las 22 horas, que son las principales modificaciones ya acordadas por el Procicat de cara al próximo domingo.

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