El Servicio Catalán de la Salud (CatSalut) ha implantado la figura del "profesional de enfermería de enlace" en los centros penitenciarios para garantizar la continuidad de la atención al salir de prisión a cuatro grupos de reclusos que pueden tener necesidades sanitarias especiales y urgentes.
Se trata de exconvictos con enfermedades mentales graves, que se atenderán en centros de salud mental; tratamientos activos con metadona, que acudirán a centros de atención a drogodependencias; pacientes crónicos con medicación activa en equipos de atención primaria; y pacientes con VIH tratados con medicación hospitalaria de dispensación ambulatoria (MHDA), que acudirán a hospitales.
El enfermero de enlace coordinará las visitas y asumirá otro tipo de actuaciones para que estas personas reciban la atención sanitaria que necesitan en un plazo de 15 días tras su salida de prisión, con lo que se quiere "garantizar la continuidad asistencial" de estos presos en los centros del Sistema Sanitario Integral de Utilización Pública de Catalunya (Siscat), que ya recibían en los servicios sanitarios de la prisión.
Los centros sanitarios deberán facilitar los datos de contacto de su interlocutor al profesional de enfermería de enlace del centro penitenciario con el fin de garantizar la comunicación y la información necesaria para "velar y garantizar que se atienden las citadas necesidades de atención sanitaria".
Integración de la sanidad penitenciaria
Fuentes de Salud han explicado que en septiembre de 2014 la Consejería de Justicia publicó una orden para hacer efectiva la asignación a la Consejería de Salud de las funciones en materia sanitaria y la integración en el Siscat de los servicios sanitarios penitenciarios y de justicia juvenil, incluyendo la ordenación del traspaso de recursos humanos y materiales y las obligaciones contractuales.
Desde entonces, el CatSalut y el Instituto Catalán de la Salud (ICS) han trabajado un modelo asistencial en salud penitenciaria y el proceso de asignación de un código de identificación personal (CIP) a la población penitenciaria.
Este está basado en el hecho de que los reclusos deben disponer de la misma cartera de servicios a la que tienen derecho el resto de ciudadanos "de la forma más normalizada posible" y teniendo en cuenta a Primaria como primer nivel asistencial, tanto dentro como fuera de prisión.
Una vez esta persona sale del centro penitenciario, pasa a recibir atención sanitaria en los centros que le corresponden según el lugar de residencia, si bien la resolución quiere asegurar esta atención a colectivos de más riesgo implantando la figura del personal de enfermería.
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