El Departamento de Salud de la Generalitat de Cataluña está tramitando el proyecto de decreto para la creación y regulación del
registro de profesionales sanitarios objetores de conciencia al aborto. El borrador de la norma establece quiénes deben inscribirse, cómo y qué datos personales deben especificar. Además, indica que es un registro administrativo electrónico y confidencial. Solo podrán acceder a él las personas autorizadas, y no podrán hacer público los datos que ahí se recojan.
El borrador indica que la
lista de objetores al aborto está dirigida a aquellas personas que ejercen la Medicina, con preferencia de los
facultativos y enfermeros especialistas de Obstetricia y Ginecología. La declaración de objeción será eficaz al día siguiente de su presentación,
tanto para la sanidad pública como para la privada, y mantendrá su validez hasta que el profesional no la revoque voluntariamente. El registro dependerá directamente del Departamento de Salud.
La norma señala que la declaración de
objeción de conciencia debe especificar lo siguiente:
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Los datos de identificación de la persona profesional
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Los datos de contacto de la persona profesional
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Los datos profesionales: profesión y, en su caso, la especialidad
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Los supuestos respecto de los cuales, de entre los recogidos en la legislación reguladora de la interrupción voluntaria del embarazo se manifiesta la objeción (dentro de las 14 semanas de gestión o por causas médicas o ambos)
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Los métodos de interrupción del embarazo (quirúrgico o farmacológico o ambos) respecto de los que se declara la objeción
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Los datos identificativos del centro o centros sanitarios donde presta servicios
Registro de objetores al aborto
En el registro deben inscribirse los profesionales que presten sus servicios en
centros sanitarios de Cataluña. Uno de los objetivos de este proyecto, indica el documento, es facilitar a las personas responsables de los centros sanitarios autorizados para realizar
abortos los datos sobre quiénes de sus médicos se niegan a practicarlos.
"Bajo criterios de estricta confidencialidad", subraya el texto. De esta manera, se podrá planificar acorde y así "gestionar la correcta prestación sanitaria pública con criterios de igualdad, equidad y calidad asistencial", señala la norma.
El borrador hace hincapié en que "en cualquier momento"
puede revocarse o modifcarse la objeción de conciencia, y no conlleva que más adelante se pueda volver a inscribir. Además, subraya que los datos de las personas objetoras y de los centros de prestación de servicio "deben mantenerse permanentemente actualizados". Los sanitarios deben comunicar cualquier cambio al respecto.
El Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya ha hecho público este jueves que el Departamento de Salud está trabajando en esta norma. Y han hecho un
llamamiento a la ciudadanía que quiera participar en la redacción de la misma, indicando que se podrán presentar las alegaciones que se consideren oportunas al equipo de Manel Balcells durante 15 días.
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