Boi Ruiz se enfrenta a responsabilidades que alcanzan lo penal

El BOE publica la admisión a trámite del recurso interpuesto por el Gobierno central contra el proceso soberanista

Jueves, 12 de noviembre de 2015, a las 09:54
Redacción. Barcelona
El consejero de Salud catalán, Boi Ruiz, se enfrentará a una responsabilidad que podría llegar a lo penal si el Gobierno catalán sigue adelante con el proceso soberanista iniciado el pasado 9 de noviembre. Así lo ha puesto de manifiesto el tribunal Constitucional, que ha admitido a trámite la impugnación de resolución autonómica promovida por el Gobierno central.

El consejero catalán de Salud, Boi Ruiz.

La disposición, publicada este jueves en el Boletín Oficial del Estado (BOE), suspende de forma automática la resolución impugnada y su anexo apoyándose en el artículo 161,2 de la Constitución, que hace referencia a las competencias del Alto Tribunal. Del mismo modo, y tal y como se solicitaba en el recurso, establece la notificación personal de la resolución tanto a la presidenta del Parlamento catalán como a los miembros de la Mesa y el secretario general de dicho organismo, además del al presidente y el Consejo de Gobierno, del que Ruiz forma parte.

A tenor de lo establecido por la justicia, el consejero de Salud no solo deberá plegarse a lo establecido. En este sentido, se les advierte “de su deber de impedir o paralizar cualquier iniciativa que suponga ignorar o eludir la suspensión acordada”. En caso de no hacerlo y seguir adelante con el proceso, se enfrentaría a una serie de “responsabilidades” entre las que se incluye la penal, aunque sin determinar exactamente de qué tipo.

La resolución, que el BOE se ha encargado de oficializar este jueves, se produce como consecuencia del recurso de inconstitucionalidad presentado por la Abogacía del Estado en el registro del Alto Tribunal. En él solicitan, que el presidente de la Generalitat y su Gobierno tengan prohibido “promover iniciativa legislativa o de dictar norma de rango reglamentario o de realizar cualquier otra actuación con la misma finalidad”.

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Acceda a la resolución de Tribunal Constitucional publicada en el BOE

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