El Govern de la Generalitat de Cataluña
apuesta por el proyecto de decreto por el cual se regulan las condiciones y los requisitos que deben cumplir las oficinas de farmacia de Cataluña en relación con el
servicio de seguimiento farmacoterapéutico con sistemas personalizados de dosificación. En cuanto a su estado de tramitación, se encuentra en
fase de aprobación tras haber
superado satisfactoriamente la fase de solicitud de dictámenes.
Esta iniciativa se remonta a julio de 2021, cuando se inició la
fase de consulta pública previa. La novedad es que durante la última semana ha superado la fase de solicitud de dictámenes, compuesta por diferentes factores a tener en cuenta, como la
memoria general, la memoria del impacto de evaluación, el
informe jurídico preliminar y el
informe de la Dirección General de Presupuestos, entre otros.
La memoria apunta que los farmacéuticos pueden desarrollar un papel importante en
mejorar la adherencia de sus pacientes a su tratamiento. Este proyecto de decreto viene a dar respuesta a la naturaleza de las operaciones relacionadas con los dispositivos referentes a sistemas personalizados de dosificación (SPD), que hace necesario
establecer los requisitos técnicosanitarios que debe cumplir la oficina de farmacia para garantizar que el proceso se realiza bajo las condiciones de calidad adecuadas.
Entre los problemas que se pretenden solucionar con esta iniciativa, se ha detectado que hay
pacientes que tienen dificultades para cumplir correctamente su tratamiento con medicamentos, que hay
prácticas comerciales que resultan contrarias a la finalidad del servicio de seguimiento farmacoterapéutico con dispositivos SPD y que la
normativa vigente limita el ámbito territorial de actuación de las oficinas de farmacia.
Objetivos de este proyecto
Por ello, los principales objetivos que se persiguen con esta medida es
proteger la salud de los pacientes receptores del servicio de seguimiento farmacoterapéutico con sistemas personalizados de dosificación,
mejorar el cumplimiento terapéutico o la
adherencia al tratamiento de los pacientes que tienen problemas de incumplimiento terapéutico o de utilización incorrecta de medicamentos, y
contribuir al uso racional, seguro y eficiente de los medicamentos y optimizar el gasto farmacéutico.
Las finalidades específicas son las de
aportar seguridad jurídica en el desarrollo de la actividad de seguimiento farmacoterapéutico, mejorar la coordinación entre sus diferentes profesionales sanitarios que proporcionan atención a los pacientes, garantizar que los pacientes reciben un
servicio de calidad y completo con independencia de la oficina de farmacia que preste el servicio, y garantizar que se cumplen los criterios de planificación farmacéutica en lo que respecta a la
proximidad de la oficina de farmacia que presta el servicio de seguimiento farmacoterapéutico con sistemas personalizados de dosificación.
Sin impacto presupuestario adicional
Desde la Dirección General de Presupuestos se ha
informado favorablemente sobre el Proyecto de decreto por el cual se regulan las condiciones y los requisitos que deben cumplir las oficinas de farmacia de Cataluña en relación con el servicio de seguimiento farmacoterapéutico con sistemas personalizados de dosificación, ya que no hay ningún impacto.
Anteriormente, durante el
periodo de consulta pública previa, comprendido en dos periodos, entre el 20 de julio y el 23 de agosto de 2021, y el 26 de septiembre y el 22 de octubre de 2022, la Dirección General de Ordenación y Regulación Sanitaria recibió
quince documentos con aportaciones.
De estas, seis procedían de farmacéuticos titulares de oficina de farmacia, cuatro por parte de fundaciones y entidades o empresas del ámbito residencial, una por parte de la Autoritat Catalana de la Competència, otra por la
European Association for Automate Dose Dispensing, una más por la
Federació d'Associacions de Farmacèutics de Catalunya, otra por
Farmaindustria y una última por una empresa.
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