Redacción. Madrid
El Tribunal Supremo ha dictado un auto en el que acuerda plantear al Tribunal Constitucional si tres artículos de la Ley de Medidas Complementarias para la Aplicación del Plan de Garantías de los Servicios Sociales Básicos aprobada por el Gobierno de Castilla-La Mancha en 2012 son inconstitucionales.
En el auto, la sala asegura "albergar serias dudas sobre la acomodación constitucional de la norma". En concreto, se refieren al artículo 5 de dicha ley, que se refiere a retribuciones del personal funcionario; el artículo 20, que habla del complemento por incapacidad temporal de los empleados públicos, y el artículo 1, en el que aborda la jornada de trabajo especificando, entre otros asuntos, que a la semana se trabajará un total de 37 horas y media.
Este auto llega después de que el Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha desestimara varias demandas acumuladas de conflicto colectivo formuladas por los sindicatos UGT y CCOO. La pretensión de los sindicatos, explica este auto, era que se declarara la vigencia de la integridad del contenido del VI Convenio Colectivo de Personal Laboral al servicio de la Junta y la "no aplicabilidad" al mismo de la ley que ahora cuestiona el Supremo.
Contra dicha sentencia se interpusieron sendos recursos de casación por parte de UGT y CCOO, al amparo de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social. CCOO recurre por cuatro motivos y UGT en uno solo, coincidente con el primero de los de la primera formación sindical. Así, Comisiones Obreras alegaba que tanto la normativa estatal al respecto de congelaciones salariales que figura en el Estatuto del Trabajador y el Estatuto Básico del Empleado Público tiene prevalencia sobre la normativa estatal.
Estos recursos fueron impugnados por la Junta, y en ese trámite el sindicato STAS de Castilla-La Mancha presentó recurso de adhesión a los recursos de casación de los primeros dos sindicatos, adhesión que pidió ser admitida por los letrados del Gobierno autonómico. En marzo de 2013 se admitió a trámite los recursos de casación, tras lo que el Ministerio Fiscal emitió un informe sosteniendo la improcedencia de ese recurso.
Dice el auto que el conflicto colectivo que plantean los sindicatos entre la normativa estatal y lo dispuesto en la ley que ahora se remite al Constitucional se refiere a la jornada ordinaria máxima de 35 horas semanales, la minoración de retribuciones y la modificación del complemento de incapacidad temporal.
Argumenta además que las medidas de reducción del gasto y del déficit de público de las comunidades autónomas "han incidido en los últimos años en las condiciones laborales de quienes prestan servicio en el sector público", medidas que "se encuadran en esa competencia estatal básica que actúa de techo para las comunidades autónomas". "Sucede que en el presente caso, la legislación estatal no parece dar cobertura a lo que se plasma en la ley de Castilla-La Mancha", añade el auto.
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