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El Sescam pedirá antecedentes por delito sexual a sus sanitarios en activo

Ha establecido el procedimiento para la certificación negativa del Registro Central de Delincuentes Sexuales y de Trata

Las gerencias tendrán que revisar cada tres años que su plantilla cumple con los requisitos necesarios para ejercer.

10 abr 2024. 18.40H
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POR LARA LEMA
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El Diario Oficial de Castilla-La Mancha ha publicado este miércoles la resolución que establece el procedimiento para la certificación negativa del Registro Central de Delincuentes Sexuales y de Trata de Seres Humanos del personal de las instituciones sanitarias del Servicio de Salud de Castilla-La Mancha (Sescam). La norma entra en vigor este jueves, y deberán cumplirla todos los profesionales del Sescam.

El personal que debe cumplir con este trámite son: los funcionarios, estatutarios o laborales de cualquier categoría que preste servicios con carácter fijo o temporal en las instituciones sanitarias del Sescam; aquellas personas que realicen actividades de voluntariado en unidades y centros sanitarios que impliquen contacto habitual con personas menores de edad; los trabajadores que presten servicios en centros sanitarios en régimen de concesión u otras fórmulas legales de gestión indirecta de la asistencia sanitaria del Sescam.

Todos los funcionarios del Sescam en activo estarán obligados a presentar la certificación negativa del Registro Central de Delincuentes Sexuales y de Trata de Seres Humanos. También tendrá que realizar el trámite el personal del Sescam en formación por el sistema de residencia y el alumnado que realice prácticas o actividades de investigación en centros sanitarios de Castilla-La Mancha. Y las gerencias tendrán que revisar cada tres años "como mínimo" que su plantilla cumple con los requisitos necesarios para ejercer su trabajo.

Registro de Delicuentes Sexuales del Sescam


La resolución recoge que será obligatoria la aportación de la certificación negativa del Registro Central de Delincuentes Sexuales y de Trata de Seres Humanos en los siguientes casos:
  • En las bases de las convocatorias de los procesos selectivos y de movilidad.
  • En el caso de la selección de personal temporal.
  • Al personal que se incorporen por el procedimiento de promoción interna temporal, a las plazas incluidas dentro del ámbito de aplicación.
  • Al personal que se incorpore al Sescam como consecuencia de una comisión de servicios procedente de otro servicio de salud o que reingrese desde cualquier situación administrativa diferente a la de activo a cualquiera de las plazas incluidas en el ámbito de aplicación de esta resolución.
De no presentarse la certificacion, los profesionales perderán sus derechos a su nombramiento. En caso de que este ya haya tomado lugar y se de posteriormente una certificación positiva, "siempre que fuera posible, en atención a las circunstancias concurrentes en el centro de trabajo y a la actividad desarrollada en el mismo, se deberá realizar un cambio de puesto de trabajo", indica el texto. Además, en este caso se deberá asegurar que la nueva ocupación impida el contacto con menores de edad. 

Registro de Delicuentes Sexuales para empresas externas


En el caso de servicios prestados por terceros al Sescam, serán los órganos competentes del Servicio de Salud los exigirán a la entidad o empresa a contratar la aportación de una declaración responsable de que todo el personal al que le corresponda la realización de las tareas que impliquen un contacto habitual con menores tiene la certificación negativa.

Esta obligatoriedad deberá quedar reflejada en los pliegos de cláusulas administrativas y los documentos en los que se formalice dicha contratación, convenios o cualesquiera otras fórmulas de colaboración. Será incorporada como obligación especial y condición esencial de ejecución de sus contratos. El órgano contratante tendrá la capacidad de exigir la inmediata sustitución de la persona trabajadora que no cumpla, aun de forma sobrevenida, con este requisito.
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