La regulación la
Ley de Eutanasia obliga a los centros hospitalarios a remitir la informaicón de los facultativos que se declaran
objetores de conciencia. Con vistas a reunir esta información, el
Hospital Universitario de Toledo (HUT) envió la semana pasada una serie de correos electrónicos solicitando la información para crear el registro de sus médicos objetores, un proceso que ha sido denunciado por parte de algunos sindicatos alegando que no cumplía la confidencialidad.
En concreto, fuentes sindicales han denunciado que en el correo electrónico donde se indicaba
el proceso de declaración de objeción de conciencia no especificaba
"a qué departamento ni a qué persona de la institución se tiene que dirigir", así como la forma que remitirlo para "asegurar su
confidencialidad". Así, tal y como expone Miguel Ángel González Canomanuel, médico del Servicio de Urgencias del HUT, los facultativos estarían "entregando estos formularios en el registro del hospital sin que quede asegurado el grado de confidencialidad que requiere esta información tan sensible"
Ante esta denuncia, desde la gerencia del Hospital de Toledo se ha destacado que en el correo enviado se indicaba que el modelo de objeción de conciencia
debía ser remitido a la Dirección, subrayando asimismo en el propio texto que "esta es una información confidencial". De este modo, tal y como exponen desde el Hospital, la
confidencialidad estaría asegurada, pues toda la información estaría tan solo manejada por la Dirección, cuyos responsables aseguran la correcta utilización y gestión de los datos.
Es por ello que, tras la denuncia pública de la falta de confidencialidad, fuentes del Hospital de Toledo subrayan que sí se han cumplido todos los procesos asegurando la privacidad de los datos en todo momento.
Proceso de objeción de conciencia en el Hospital de Toledo
Desde el Complejo Hospitalario Universitario de Toledo han destacado que el proceso para la toma de datos de los objetores de conciencia ante la Ley de eutaniasia respondió en todo momento a los procesos de confidencialidad. Así, dentro de unos plazos que les asegurasen el correcto envío a la
Consejería de Sanidad de Castilla-La Mancha, se envió un primer correo electrónico solicitando los datos a los facultativos que se quisieran declarar objetores de conciencia, donde se marcaba tanto la confidencialidad de los mismos como la
custodia de los datos por parte de la Dirección.
Tras este envío, desde el centro se remitió un segundo correo electrónico informando
de la persona de contacto habilitada por el hospital para la gestión de los procedimeinto de la Ley de Eutanasia. Este segundo aviso buscaba así que aquellos facultativos con alguna duda pudieran dirigirse directamente a un responsable.
A esta gestión electrónica de la información, tal y como señalan desde la gerencia hospitalaria, se sumó la convocatoria de una
reunión con los jefes de servicio del Complejo Hospitalario, donde se habría detallado que la custodia de la documentación estaría a cargo de la Dirección del centro, asegurando en todo momento la confidencialidad de los datos.
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