El
Servicio de Salud de Castilla y León ofrecerá a sus profesionales la posibilidad de realizar voluntariamente
4 horas extra por las tardes durante los próximos dos meses para ayudar a descongestionar Atención Primaria.
Se trata de una media de carácter extraordinario a la que podrán acogerse licenciados especialisras en
Medicina Familiar y Comunitaria y Pediatría y Enfermería en Atención Primaria y será compatible con el resto de retribuciones previstas en la normativa vigente para el personal afectado.
Estas jornadas, de
16 a 20 horas, estarán remuneradas como máximo con
314,16 en el caso de los médicos y 209,04 en el de las enfermeras, tal y como figura en el borrador aprobado en la mesa sectorial celebrada este viernes y una vez incorporadas las modificaciones resultantes de la negociación. El objetivo en esas 4 horas será atender
30 consultas presenciales, respetando el régimen de descansos. Su realización, eso sí, no se computará dentro de la jornada ordinaria establecida y
no podrá superar una duración máxima de 48 horas semanales de trabajo efectivo.
La finalidad de esta medida es, por un lado,
reconocer la participación en la actividad en horario de tarde que efectivamente se realice de forma voluntaria por los profesionales y, por otro, retribuir el especial rendimiento en el desempeño de sus funciones durante la misma, en el ámbito de la Atención Primaria y con ocasión de la situación epidemiológica actual y el aumento de la carga asistencial. Con ello, se pretende atender la agenda programada y a demanda así como incrementar la actividad de carácter presencial.
¿Qué requisitos se deben cumplir?
Como requisitos, la bolsa de empleo temporal no deberá tener profesionales disponibles y los sanitarios que participen tendrán que haber atendido su agenda completa. En el caso de que la agenda del profesional supere las 40 consultas, se entenderá cumplido este requisito con 40 citas a demanda en horario de mañana. Esto incluye la cita a solicitud del paciente y la programada por el profesional, pudiendo ser en ambos casos tanto presencial, como a domicilio o telefónica. Todas aquellas que no sean demorables conformarán una agenda común del equipo que se atenderá en horario de tarde.
Los profesionales de área podrán participar siempre que
se garantice el cumplimiento de su jornada ordinaria. La asignación se realizará atendiendo al acuerdo alcanzado entre los profesionales voluntarios y, en su defecto, se iniciará por aquéllos cuyo primer apellido comience por la letra 'Q', continuándose sucesivamente por orden alfabético.
Compromiso durante dos meses
Si el número de voluntarios no es suficiente, se podrá abrir la posible participación a los profesionales de la correspondiente área. Una vez aceptada, eso sí, los sanitarios se deben comprometer a realizar este horario extraordinario durante los dos meses que e prolongará la medida o durante el tiempo de vigencia si el tiempo es inferior.
La consejería se compromete a evaluar la medida y en el caso de que se advierta un incremento de, al menos, el 25 por ciento de la derivación de la agenda a la consulta ordinaria de la enfermera de la tarde, se podrá establecer una consulta extraordinaria de tarde por cada dos consultas médicas que coincidan en el tiempo en el centro.
El control de esta actividad de tarde se realizará por el coordinador del centro que enviará semanalmente a la gerencia el número de tardes completas realizadas por cada profesional. Esta información se remitirá por parte de la gerencia correspondiente a la Dirección General de
Planificación y Asistencia Sanitaria.
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