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Oficial: Castilla y León aprueba su orden de prescripción enfermera

El Sacly comenzará a asignar a cada una de las enfermeras y enfermeros el código de acreditación correspondiente

Verónica Casado, consejera de Sanidad.

12 mar 2021. 13.15H
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POR IVÁN FERNÁNDEZ
La consejería de Sanidad de Castilla y León ha publicado en su Boletín Oficial la aprobación de la transposición del Real Decreto de prescripción enfermera que aprobó el Gobierno central el 19 de octubre de 2018. De esta manera, las enfermeras y enfermeros del Servicio de Salud de Castilla y León (Sacyl) podrán dispensar medicamentos sin la autorización previa de un médico bajo unos criterios y protocolos preestablecidos.

Tras la aprobación  del borrador presentado hace cuatro meses, Castilla y León deja de ser una de las cinco comunidades autónomas que aún no habían regulado la prescripción enfermera, pese a que ya se han cumplido más de dos años de la aprobación del cambio regulativo.

Requisitos para poder prescribir


El nuevo procedimiento se aplica al personal de enfermería que presta servicios en los centros y servicios sanitarios, públicos y privados, en el ámbito geográfico de Castilla y León. Sin embargo, hay que cumplir una serie de requisitos para acceder a la indicación, uso y autorización de la dispensación de medicamentos y productos sanitarios de uso humano.

Según apunta la normativa, se deberá estar en posesión del título de Graduado en Enfermería, de Diplomado en Enfermería o de Ayudante Técnico Sanitario, o equivalente, así como del título de Enfermero Especialista, y contar con una experiencia mínima de un año o superar un curso de adaptación adecuado ofrecido por la administración sanitaria de manera gratuita.

Los profesionales interesados deberán presentar la solicitud de acreditación y, en su caso, la documentación correspondiente mediante el envío a través de los formularios incluidos en la sede electrónica de Administración de la Comunidad de Castilla y León . Dicha solicitud se dirigirá a la persona titular de la Dirección General de Salud Pública de la Consejería de Sanidad, quién contará con un plazo máximo para resolver y notificar la resolución de acreditación de seis meses.

Acreditación de oficio para agilizar el proceso


Ante el elevado número de enfermeras y enfermeros en disposición de obtener la acreditación, la Junta de Castilla y León ha habilitado un procedimiento excepcional por el que acreditará de oficio a todos aquellos profesionales que cumplan los requisitos establecidos y estén prestando servicios en la Gerencia Regional de Salud, Gerencia de Servicios Sociales y en las Instituciones Penitenciarias ubicadas en Castilla y León. "Estos requisitos permitirán agilizar la acreditación de los enfermeros de estos organismos públicos de la Comunidad.", reza el texto oficial.

Para la acreditación en cuidados especializados se requieren los mismos requisitos pero se debe acreditar un año de experiencia en la especialidad en la que se solicita la acreditación. No obstante, se tramitará de oficio la acreditación de los enfermeros que se encuentren en servicio activo, cumplan el requisito de haber prestado servicios al menos durante un año el día 1 de diciembre de 2020, incluido, y presten servicios en la Gerencia Regional de Salud de Castilla y León, en la Gerencia de Servicios Sociales y en las Instituciones Penitenciarias ubicadas en la Comunidad de Castilla de León. 

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