El Boletín Oficial de Castilla y León recoge este jueves la
resolución por la que se concede un
plazo de diez días hábiles para la
presentación de la documentación acreditativa de méritos y requisitos correspondientes a las
nuevas inscripciones registradas y a las actualizaciones de
méritos de los integrantes de las listas actuales de candidatos definitivos, de las categorías de personal estatutario del Servicio de Salud de Castilla y León de Licenciados Especialistas (a excepción de la especialidad de Medicina Familiar y Comunitaria) y de Médico de Urgencias Hospitalarias.
De esta forma, las nuevas inscripciones que se hayan registrado
entre el día 14 de enero de 2017 y el 22 de marzo de 2018 se tendrán en cuenta en la elaboración de los nuevos listados. Por otra parte, también se incluirán las actualizaciones o modificaciones de las solicitudes ya registradas y que figuran en los listados definitivos de candidatos.
Durante el plazo concedido, los nuevos aspirantes podrán, asimismo presentar
alegaciones que se estimen oportunas sobre los datos publicados o sobre su no inclusión expresa en los listados de nuevos aspirantes, de no aparecer en los mismos. Aquellos que figuran incluidos en los listados de candidatos definitivos, correspondientes a cualquiera de las resoluciones indicadas anteriormente, pero que posteriormente hayan renunciado a la solicitud inicial y hayan registrado una nueva,
aparecerán incluidos en los listados de candidatos definitivos.
Junto a la resolución, los aspirantes deberán presentar una copia de la resolución del Tribunal Calificador como acreditación de
haber superado los ejercicios de la fase de oposición de procesos selectivos convocados por cualquier Administración Pública de la misma categoría a la que aspiran en la bolsa; ha de aportarse también una copia del certificado de la vida laboral, entre otros documentos.
Una vez recibida la documentación presentada por los interesados, por parte del órgano gestor se procederá a la comprobación de la misma y del autobaremo efectuado, para su posterior validación o modificación en función de la documentación acreditativa presentada.
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