El copago se devolverá a los pensionistas con menos de 4.900 euros de renta anual

La Consejería quiere garantizar la continuidad de los tratamientos de carácter crónico

Jueves, 26 de marzo de 2015, a las 12:43
Redacción. Valladolid
La Consejería de Sanidad devolverá todo el copago en farmacia a los pensionistas con una renta anual inferior a 4.900 euros, para evitar que su situación económica precaria pueda llevarles al incumplimiento de los tratamientos y a poner en riesgo su salud.

Antonio Sáez Aguado, consejero de Sanidad.

Así lo detalla la orden de la Consejería de Sanidad que hoy publica el Boletín Oficial de la Comunidad (Bocyl), que establece las bases reguladoras de las ayudas económicas para facilitar la adherencia a los tratamientos con productos farmacéuticos prescritos por profesionales del Sistema Nacional de Salud.

La orden recuerda que las medidas urgentes de abril de 2012 para la sostenibilidad del Sistema Nacional de Salud introdujeron unos límites máximos de aportación mensual para los usuarios pensionistas y beneficiarios, con el fin de “garantizar la continuidad de los tratamientos de carácter crónico y que no suponga una carga excesiva para los pacientes”.

Tras ese decreto, los pensionistas corren con la aportación correspondiente hasta el límite mensual establecido por tramos de renta, mientras que lo que excede de este límite se lo reintegran las autonomías con una periodicidad máxima semestral.

Sin embargo, según ha explicado la Consejería, “se ha de considerar que, en determinadas situaciones de precariedad económica, el gasto que supone la aportación de la prestación farmacéutica ambulatoria puede suponer para el usuario una situación de vulnerabilidad, que podría llevar al incumplimiento de los tratamientos, y a poner en riesgo la salud de la persona”. “La falta de adherencia a los tratamientos crónicos y sus consecuencias negativas clínicas y económicas son un tema prioritario para la Gerencia Regional de Salud”, sostiene la orden.

La cuantía a abonar, que se reintegrará en un solo pago anual, serán las “aportaciones mensuales” hasta ese límite establecido en el real decreto, que era de ocho euros mensuales para los pensionistas con renta inferior a los 18.000 euros. La concesión de la ayudas está supeditada “a la disponibilidad presupuestaria” de cada ejercicio, y el plazo para presentar la solicitud será el que se establezca en la correspondiente convocatoria.

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