El
Boletín Oficial de Cantabría (BOC) ha publicado este martes la orden que tiene por objeto “la creación y regulación” del
Consejo Asesor de Terapias Avanzadas de la comunidad, que se encargará de la planificación estratégica y toma de decisiones para el diseño, desarrollo y ejecución de acciones que permitan la implementación adecuada de este tipo de tratamientos.
Entre sus funciones, se encuentra
asesorar sobre líneas de
investigación en curso o que se prevean en un futuro, así como
informar de la existencia de manera prospectiva de tecnologías emergentes en este campo de actividad para anticipar su posible impacto.
Además, se encargará también de realizar
propuestas de acceso a las terapias avanzadas a todos los pacientes que puedan obtener beneficio; asesorar sobre la capacitación competencial que precisen los profesionales; identificar las
necesidades en el sistema sanitario; definir las necesidades de
formación de profesionales; valorar la necesidad del desarrollo en paralelo de aplicaciones que den soporte a decisiones y aquellas otras funciones que le sean encomendadas por la persona titular de la Consejería competente en materia de sanidad.
Funcionamiento del Consejo Asesor de Terapias Avanzadas
Tal y como informan, el consejo se
reunirá, con carácter ordinario,
al menos una vez al año, previa convocatoria efectuada por la persona que ostente la presidencia. También podrá reunirse con carácter extraordinario cuantas veces sean necesarias para el cumplimiento de sus fines, previa convocatoria a iniciativa de la persona que ostente su presidencia.
Además, dentro del Consejo se podrán constituir
grupos de trabajo para el estudio y tratamiento específico de áreas y materias de su competencia. Del trabajo que realicen estos grupos, elaborarán informes para su presentación y debate en el pleno.
Por último, la pertenencia al Consejo o el desarrollo de actividades de
colaboración o participación en grupos de trabajo no dará lugar a retribución alguna, sin perjuicio del derecho de los miembros del mismo a ser indemnizados por los gastos ocasionados con motivo de la asistencia de forma presencial al mismo, de conformidad con lo dispuesto en la normativa vigente aplicable.
Composición del Consejo
Según recoge la orden publicada en el Boletín, la
presidencia de este colegio la ejercerá la persona titular de la Dirección General competente en materia de ordenación sanitaria.
Además, serán
vocales del consejo las personas titulares de la Dirección Gerencia del
Servicio Cántabro de Salud; de la Dirección Gerencia del Hospital Universitario Marqués de Valdecilla; la persona titular de la Gerencia de la Fundación Marqués de Valdecilla; de la Dirección del Banco de Sangre y Tejidos de Cantabria.
También la persona a cargo de la Dirección de Gestión del Instituto de Investigación Valdecilla y su responsable científico, además de quien esté al frente de la Dirección Técnica de la Unidad de Producción de Terapias Avanzadas de la
Fundación Marqués de Valdecilla.
También lo será a persona titular de la jefatura del
Servicio de Hematología del Hospital Universitario Marqués de Valdecilla; cuatro profesionales de la Administración Sanitaria, designados por el Consejero de Sanidad y un representante de la
Universidad de Cantabria, designado por su Rector. Además, ejercerá como secretario del Consejo, a propuesta del presidente, un
empleado/a público de la Administración Sanitaria, designado por el Consejero de Sanidad.
El Consejo Asesor de Terapias Avanzadas se configura como
órgano consultivo y de asesoramiento en materia de terapias avanzadas y se adscribe a la Consejería competente en materia de sanidad a través de la Dirección General competente en materia de Ordenación Sanitaria.
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