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Canarias habilita el registro de objetores a la ley de la eutanasia

Estará disponible y dirigido a todos los profesionales de centros sanitarios públicos y privados

El consejero de Sanidad, Blas Trujillo, y el director del Servicio Canario de la Salud, Conrado Domínguez.

18 ago 2021. 14.30H
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La Consejería de Sanidad del Gobierno de Canarias, a través de la Dirección General de Programas Asistenciales, ha habilitado en su página web y en la del Servicio Canario de Salud (SCS) toda la información sobre el derecho a la eutanasia y su procedimiento de aplicación. La información se dirige a pacientes y familiares, así como a profesionales de centros sanitarios públicos y privados, según ha informado el Ejecutivo regional en un comunicado.

Respecto a la información destinada a profesionales de la sanidad, esta contiene la "Guía para la aplicación de la prestación de ayuda para morir" y los documentos que componen el procedimiento, así como información del trámite de inscripción en el Registro de Profesionales Sanitarios de Canarias Objetores de Conciencia a realizar la ayuda para morir.

La inscripción en el Registro de la declaración de objeción de conciencia y, en su caso, su modificación o revocación posterior se puede realizar por la persona interesada mediante procedimiento electrónico que está disponible en la sede electrónica de Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias.

Asimismo, expone de manera "accesible y de fácil comprensión" el contenido de la Ley Orgánica 3/2021, de 24 de marzo, de regulación de la eutanasia (LORE) y del procedimiento para solicitarla, con acceso directo a los documentos y formularios oficiales. De este modo, en el apartado de información para pacientes y familiares se explican cuestiones básicas como qué es la eutanasia, en qué consiste la prestación de ayuda para morir y quién puede solicitarla, así como qué garantías existen para que el paciente tenga una información sólida para una adecuada, plena, libre y genuina decisión.

Asimismo, también se informa sobre si puede solicitar la eutanasia una persona que no se encuentre en pleno uso de sus facultades para prestar su conformidad libre, voluntaria y consciente, y qué ocurre si la persona presentó la Manifestación Anticipada de Voluntad (MAV) antes de la publicación de esta Ley.


Comisión de Garantía y Evaluación


Se informa igualmente sobre la Comisión de Garantía y Evaluación de la prestación de ayuda para morir de Canarias, órgano colegiado y multidisciplinar creado para garantizar el derecho de las personas que cumplan las condiciones reguladas a solicitar y recibir la ayuda necesaria.

Respecto al procedimiento de aplicación, se informa cómo solicitarlo, dónde y cómo se realizará la prestación, las garantías existentes sobre el derecho a la intimidad y confidencialidad de los datos durante todo el procedimiento, la revocación, cuidados paliativos y la objeción de conciencia de los profesionales.

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