El Sespa regula los permisos de los profesionales para las elecciones sindicales de abril

Dispondrán de una, dos, tres o cuatro horas en función de donde ejerzan el voto

Viernes, 13 de febrero de 2015, a las 12:13
Redacción. Oviedo
El Servicio de Salud del Principado de Asturias (Sespa) ha fijado, en una resolución publicada este viernes en el Boletín Oficial del Principado de Asturias (BOPA), la concesión de permisos del personal estatutario, funcionario y laboral de cara a las elecciones sindicales para la determinación de la composición de las Juntas de Personal, Comités de Empresa y Delegados de Personal.

Tácito Suárez.

Así, cuando se ejerza el derecho a voto en el mismo centro donde se prestan servicios, podrá disponer de una hora de ausencia durante la jornada laboral. Este mismo criterio se aplicará para aquellos profesionales que ejerzan su derecho a voto en un centro adyacente a aquel en que prestan sus servicios, entendiendo como tal al que se encuentra a menos de 500 metros.

Cuando el derecho a voto se ejerza en otro centro de la misma localidad donde presta sus servicios, podrá disponer de hasta dos horas continuadas durante la jornada laboral. Cuando el centro esté a menos de 50 kilómetros, dispondrá de tres horas; y cuando la distancia sea superior a los 50 kilómetros dispondrán de cuatro horas.

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