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Asturias da 2.130 plazas fijas a sanitarios con su plan anti-temporalidad

La Consejería de Salud concederá 959 plazas a Enfermería y 993 a TCAE

Concepción Saavedra, consejera de Salud del Principado de Asturias.

30 oct 2024. 10.50H
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La Dirección de Profesionales del Servicio de Salud del Principado de Asturias (Sespa) ha hecho pública la relación de plazas a adjudicar en el proceso selectivo para el acceso a 2.130 de personal estatuario fijo en cuatro categorías sanitarias. De esta forma, se fija el procedimiento a seguir para la elección de plazas para los aspirantes que hayan superado el proceso selectivo. Así se ha publicado en el Boletín Oficial de dicha comunidad autónoma.

La Consejería de Salud liderada por Concepción Saavedra concederá 959 plazas a enfermeras, 993 a Técnicos en Cuidados Auxiliares de Enfermería (TCAE), 93 a técnicos especialistas en laboratorio y a 85 técnicos especialistas en radiodiagnóstico. Este proceso está enmarcado en la aplicación de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público.

"Macroestabilización" en Asturias de enfermeras y TCAE 


Concretamente, en la categoría de Enfermería, se adjudicarán 40 plazas en el área sanitaria I, 31 en la II, 124 en la III, 408 en la IV, 200 en la V, 35 en la VI, 60 en la VII, 59 en la VIII y 2 en el SAMU. En el caso de los TCAE, las plazas se distribuirán de la siguiente forma: 30 en el área sanitaria I, 42 en la II, 114 en la III, 494 en la IV, 199 en la V, 27 en la VI, 63 en la VII y 74 en la VIII.

Por otro lado, el Sespa concederá puesto fijo a 5 técnicos especialistas de laboratorio en el área sanitaria I, a 7 en la II, a 4 en la III, a 58 en la IV, a 9 en la V, a 1 en la VI, a 3 en la VII, a 4 en la VIII y a 2 en el Instituto Nacional de Silicosis. Además, la Consejería de Salud reducirá la temporalidad en la categoría de Técnico Especialista en Radiodiagnóstico con 5 plazas en el área II, 13 en la III, 44 en la IV, 16 en la V, 2 en la VII y 5 en la VIII.

La prioridad en la elección de destino inicial corresponderá a los aspirantes en razón directa al orden de puntuación obtenida. Por ello, tendrán derecho a la elección de destino solamente los aspirantes que hayan superado el proceso selectivo.

Se deberán elegir todas las plazas ofertadas por orden de prioridad, ya que en el caso de que no les sea adjudicada alguna por falta de elección, perderán los derechos derivados de su participación en las pruebas selectivas. Solo podrá adquirirse la condición de personal estatutario fijo en una única categoría como consecuencia de su participación en los procesos de estabilización que prevé la Ley 20/2021.
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