El Principado de Asturias cuenta desde ya con una ley que regula los derechos y garantías de las personas ante la muerte, un ámbito en el que esta comunidad era una de las pocas que aún no había aprobado una legislación autonómica, después de que el pleno de la Junta General haya aprobado la normativa por unanimidad.
El texto, muy mejorado en la tramitación parlamentaria según el consejero de Sanidad, Francisco del Busto, permite regular los servicios de "incalculable valor" que reciben las personas al final de sus vidas dado que, ha subrayado, "la Medicina tiene límites".
El texto, aprobado por el Gobierno regional en enero de 2017, pretende asegurar la calidad asistencial y el respeto a las personas en sus últimos momentos y deja fuera la eutanasia o el suicidio asistido, cuya regulación correspondería al Ejecutivo central.
La normativa busca servir de guía ante conflictos legales y éticos relacionados con la autonomía del paciente para decidir sobre su enfermedad o su propia muerte y al que se reconoce el derecho a rechazar un tratamiento y a recibir la atención idónea que prevenga y alivie el dolor, incluida la sedación.
Garantizar la dignidad del paciente
La ley se aplicará a personas que se encuentren en el final de su vida o que afronten decisiones relacionadas con este proceso, ya sea en su domicilio o en un centro sanitario, y también regirá sobre sus familiares y representantes y el personal implicado en su atención, así como sobre los servicios y establecimientos sanitarios y de servicios sociales y entidades aseguradoras.
Además, pretende garantizar la dignidad del paciente y defender su autonomía y voluntad, lo que incluye las preferencias detalladas en su documento de instrucciones previas y regula los derechos y deberes de los profesionales del ámbito social y sanitario que les atiendan y vela por las garantías que deben proporcionar las instituciones en ese proceso.
Deberes de los profesionales sanitarios
De estos derechos se derivan una serie de deberes para los profesionales sanitarios que también desembocan en obligaciones para los centros e instituciones sanitarias y de servicios sociales en las que se presta asistencia y el texto permitirá ofrecer seguridad jurídica a los profesionales sanitarios para que puedan cumplir plenamente los deseos del paciente dentro del marco legal.
En el trámite parlamentario se incorporó además la puesta en marcha del denominado observatorio de la muerte digna, que deberá recoger datos del número de documentos de instrucciones previstas otorgados y promover la formación de profesionales y pacientes.
Enmiendas rechazadas sobre eutanasia
Podemos e IU habían reservado para su votación en el pleno sendas enmiendas relativas a la incorporación al texto de cuestiones relacionadas con la eutanasia o el suicidio activo que planteaban instar al Gobierno central a reformar el Código Penal en este ámbito y a crear un registro que recopilar los casos de personas partidarias de acogerse a esa posibilidad.
Ambas propuestas han sido rechazadas pese a que el consejero ha admitido en su turno de defensa del proyecto de ley que, por su experiencia profesional «a pie de cama», la cuestión de la eutanasia «es también un debate necesario», pero que la Junta General debe moverse en el marco de competencias con que cuenta a la espera de que se aborde en un futuro próximo en el Congreso de los Diputados.
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