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A concurso la dirección de gestión de Medicina Interna en el HUCA

El Sespa repite la cobertura del puesto después de que los tribunales anulasen el procedimiento por realizarse "a dedo"

José Ramón Riera, gerente del Sespa.

29 ago 2016. 14.50H
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POR REDACCIÓN
El Servicio de Salud del Principado de Asturias (Sespa) ha puesto en marcha la provisión de un puesto de director de gestión clínica de Medicina Interna en el HUCA. El puesto está en comisión de servicios desde que los tribunales anularon el anterior nombramiento, realizado a dedo. El nuevo procedimiento se ajusta, según el principado “los criterios establecidos por los tribunales en referencia al sistema de provisión de las Direcciones de las Áreas y Unidades de Gestión Clínica”.

El Boletín Oficial del Principado de Asturias (BOPA) ha publicado este lunes una disposición por la que se convoca el puesto. Según consta en el boletín, la plaza endrá carácter temporal por un plazo máximo de cinco años al término de los cuales se producirá el cese, debiendo resultar nuevamente convocado. No obstante el desempeño del puesto se evaluará anualmente, mediante el seguimiento y cumplimiento del acuerdo de gestión clínica suscrito, así como la evaluación de los progresos en la implementación y desarrollo del proyecto de gestión del AGC que presente el seleccionado, y en los términos finalmente consensuados con la dirección del Área Sanitaria a la toma de posesión del puesto.

La convocatoria supone una enmienda a la forma en la que hasta ahora el Sespa convocaba estos puestos. Especialmente después de que el Juzgado de lo Contencioso-administrativo número 4 de Oviedo dictase una sentencia en la que estimaba el recurso presentado por el Sindicato Médico Profesional de Asturias (Simpa) contra la provisión de este mismo puesto, que hace dos años, que se efectuó por libre designación, al entender el tribunal que dicho puesto no se caracteriza por las notas de superior dirección y responsabilidad que justificarían su provisión por dicha vía en lugar de mediante un concurso de méritos. La sentencia dejaba claro que la utilización del sistema de libre designación es excepcional y debe ser justificada, requisito que en este caso no se cumplía.

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