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Sanidad aprueba el nuevo decreto de conciertos sanitarios

La norma establece el régimen jurídico de los acuerdos con entidades públicas o privadas sin ánimo de lucro

El consejo de Gobierno de Aragón reunido, en una imagen de archivo.

11 abr 2017. 15.50H
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POR REDACCIÓN
El Consejo de Gobierno ha aprobado este martes el decreto sobre acuerdos de acción concertada de servicios sanitarios y convenios de vinculación con entidades públicas y entidades sin ánimo de lucro. Este decreto desarrolla en el ámbito del Departamento de Sanidad la Ley 11/2016 del Gobierno de Aragón sobre Acción Concertada para la prestación a las personas de servicios de carácter social y sanitario, han informado fuentes del ejecutivo autonómico.

Esta ley, además de modificar la redacción del artículo 32 de la Ley del Servicio Aragonés de Salud, para perfilar la aplicación de los citados acuerdos de acción concertada en el ámbito del sistema de salud de Aragón, remite a un desarrollo posterior que se materializa en este decreto.

De este modo, la norma aprobada regula el régimen jurídico aplicable a los acuerdos de acción concertada con entidades públicas o privadas sin ánimo de lucro para la prestación a las personas de servicios de carácter sanitario con medios ajenos a la red propia del Salud.

Podrán ser objeto de concertación los servicios sanitarios que figuren en la cartera de servicios del Sistema Nacional de Salud o del Sistema de Salud de Aragón, además de otros servicios de colaboración y apoyo a la prestación sanitaria. El Departamento de Sanidad, con carácter anual, establecerá una previsión de las prestaciones y servicios que se pretende sean objeto de la acción concertada, junto con una determinación de su coste y un informe justificativo de la carencia de medios propios para su gestión, así como la planificación para dotarse de medios propios para gestión directa de estas prestaciones cuando sea posible.

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