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Publicado el convenio para la atención sanitaria a accidentados de tráfico

La vigencia del texto finalizará el 31 de diciembre de 2018, pudiendo prorrogarse hasta cuatro años

Javier Lambán, presidente de Aragón.

21 feb 2018. 13.40H
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POR REDACCIÓN
El Boletín Oficial de Aragón recoge este miércoles el convenio firmado entre el Gobierno de Aragón, el Consorcio Consorcio de Compensación de Seguros y la Unión Española de Entidades Aseguradoras y Reaseguros para la atención de la asistencia sanitaria derivada de accidentes de tráfico en el ámbito de la sanidad pública. Asimismo, el convenio establece la compensación económica por dichas prestaciones sanitarias de carácter finalista para la víctima.

El texto también recoge que no estarán incluidos en la aplicación del presente convenio los importes de las prótesis y órtesis a los que se refieren el artículo 115 ni los gastos correspondientes a la rehabilitación domiciliaria y ambulatoria del artículo 116 de la Ley, que correrán a cargo del lesionado.

El convenio será de aplicación a las asistencias sanitarias realizadas como consecuencia de accidentes ocurridos a partir del 1 de enero de 2016 y finalizará su vigencia el 31 de diciembre de 2018, pudiendo ser prorrogado hasta un máximo de 4 años.

Las secuelas en las que será de aplicación el convenio serán las que se recogen en la tabla 2.C.1 de la Ley para la valoración de los daños y perjuicios derivados de accidentes de tráfico. En el caso de que exista más de una secuela y estén encuadradas en grupos anatómicos funcionales diferentes, se indemnizará por el importe total de la secuela mayor del conjunto de todos los grupos y por el setenta por ciento del importe de la secuela mayor cada uno de los otros grupos.

En el caso del pago, el convenio recoge diferentes situaciones como siniestros en los que intervenga un solo vehículo, con más de un vehículo o lesiones a terceros no usuarios de los vehículos intervinientes. En cuanto a la forma y momento del pago, el convenio establece la fórmula del pago único, salvo que las partes acuerden un pago anual.

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