El
Departamento de Salud del Gobierno de Aragón ha regulado el procedimiento para la comunicación electrónica de
sospechas de enfermedades profesionales. Así se ha publicado en el
Boletín Oficial de dicha comunidad autónoma.
Por ello, el Ejecutivo autonómico ha aprobado el
cuadro de enfermedades profesionales en el sistema de la Seguridad Social y
ha establecido los criterios para su notificación y registro. De esta forma, se crea el
sistema informático de enfermedades profesionales de Aragón (InfoEP) y se regula el mecanismo de colaboración entre los Servicios de Prevención de Riesgos Laborales, el Servicio Aragonés de Salud y las Mutuas colaboradoras con la Seguridad Social (SS).
Regulación de enfermedades profesionales
Los profesionales implicados en dicho procedimiento son el personal médico del
Salud, el de los servicios de
prevención de riesgos laborales ajenos, el de los servicios de
prevención propios o mancomunados, el de las
Mutuas colaboradoras y el del área de
Salud Laboral. La comunicación de sospechas de enfermedades profesionales se realizará
vía electrónica, a través de la
aplicación informática InfoEP, que coordinará la Sección de Salud Laboral de la Dirección General de Salud Pública.
El procedimiento será el siguiente: cuando el personal médico del Salud identifique en algún paciente una de las enfermedades seleccionadas que cumpla
los criterios de sospecha de profesional, se lo comunicará a la entidad gestora o Mutua colaboradora con la Seguridad Social. En aquellos casos en los que el facultativo sospeche de una enfermedad profesional, pero considere que
no dispone de información suficiente acerca de la posible relación entre la enfermedad y el trabajo, comunicará dicha sospecha a la Dirección de Salud Pública, a través de InfoEP.
Si se considera necesario, el personal médico de
las Mutuas citará para estudio a los pacientes con sospecha de este tipo de patologías laborales, con una demora máxima de
diez días hábiles desde la fecha en la que se ha notificado. Estas empresas, tras la valoración del caso de acuerdo a su práctica habitual de estudio, retornarán información a través de la aplicación InfoEP.
Todos los expedientes tramitados por la Mutuas colaboradoras con la Seguridad Social en materia de prestaciones por incapacidad temporal y por muerte y supervivencia que se resuelvan
sin considerar como enfermedad profesional a la contingencia causante, pese a contarse con indicios de que pudieran hacer presumir la existencia de dicha clase de enfermedad, deberán ser remitidos a la correspondiente dirección provincial del Instituto Nacional de la Seguridad Social, con el fin de que la misma pueda, en su caso, determinar la contingencia causante, según se establece en el documento oficial.
Creación de una comisión técnica asesora
El Ejecutivo autonómico creará una
Comisión técnica asesora que efectuará el seguimiento del sistema de comunicación de sospecha de este tipo de enfermedades en Aragón y prestará el asesoramiento técnico oportuno al Departamento de Sanidad. Además, se elaborará
un informe anual de la información generada por el sistema, así como propuestas de mejora, que se hará público y se facilitará al Consejo Aragonés de Seguridad y Salud Laboral.
La inclusión de las enfermedades en el procedimiento de comunicación electrónica a través del sistema de información InfoEP, así como la implementación del citado sistema de información en el Servicio Aragonés de Salud,
será progresiva en un plazo máximo de 5 años. Se iniciará de manera escalonada por sectores sanitarios para el personal médico de Atención Primaria y, para ello, la Dirección General de Salud Pública dictará las instrucciones necesarias. Se priorizará la inclusión de las enfermedades profesionales más prevalentes en la comunidad autónoma y cánceres de origen profesional.
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