La Consejería de Salud de Andalucía ha dado un paso más en la
reactivación del modelo de carrera profesional con la publicación de la
Resolución que aprueba la reapertura del proceso para los
profesionales licenciados y diplomados sanitarios. Actualmente,
más de 34.100 profesionales tienen reconocida la carrera profesional.
Con esta medida se posibilita que
todos los profesionales licenciados y diplomados sanitarios acreditados y que cumplan con los requisitos para acceder
puedan beneficiarse de este modelo que impulsa la mejora continua en el desempeño profesional.
Tal y como ha destacado la
consejera de Salud, Marina Álvarez, “se trata de un paso más del Gobierno andaluz por
mejorar las condiciones laborales de los profesionales sanitarios y recuperar derechos, incentivando la
mejora continua en el desempeño profesional, las buenas prácticas basadas en evidencias definidas por los propios profesionales, la formación continuada, la docencia y la investigación”.
Ampliación de la carrera profesional a nuevas categorías
Con la Resolución publicada este jueves se pone fin a la suspensión de los procesos de valoración de carrera profesional que tuvo lugar a partir de la
sentencia del Tribunal Supremo de 12 de marzo de 2012 y que supuso la adaptación del proceso a los términos contemplados en dicha sentencia. Desde el SAS, se ha venido trabajando en la
certificación de las solicitudes que se habían presentado hasta el 12 de mayo de 2014, se han resuelto los dos procesos de 2012 y 2013 y se están resolviendo los dos de 2014.
Igualmente, el Servicio Andaluz de Salud empezará a trabajar en la segunda quincena de septiembre con los sindicatos presentes en la
Mesa Sectorial de Sanidad para definir el
modelo de carrera de otras categorías profesionales nuevas, como son el
cuerpo superior facultativo de instituciones sanitarias (
Farmacia y
Veterinaria), técnicos superiores sanitarios y personal de gestión y de servicios.
Como novedad, y fruto de lo contemplado en el Acuerdo Marco de 13 de julio se contempla que las personas en
promoción interna temporal que venían percibiendo el complemento de carrera profesional podrán
mantener temporalmente la retribución por este concepto de su categoría de origen, debiendo acreditarse en el plazo de 18 meses en el nivel de acreditación profesional que corresponda. Asimismo, podrán solicitar el acceso a cualquiera de los niveles superiores
sin necesidad de permanecer el mínimo de cinco años de manera obligatoria, siempre y cuando cumplan con los requisitos establecidos para ese nivel superior.
Puestos de especial dificultad
Además, se avanzará en el nuevo marco regulador de los procesos de acreditación y carrera profesional para los profesionales que desarrollan su labor en
puestos de difícil cobertura. En este sentido, se contempla que estos profesionales, siempre que reúnan los
requisitos exigidos de certificación y hayan desarrollado su labor al menos
tres años continuados en estos puestos, podrán incorporarse al nivel II de carrera y, sin necesidad de haber alcanzado el segundo grado de reconocimiento, podrán acceder al nivel III de carrera profesional si cuentan con
más de seis años de trabajo en este tipo de puestos. El acceso a estos niveles de carrera conlleva el pago del correspondiente complemento retributivo.
Todos estos aspectos se recogerán como objetivos específicos en el próximo P
lan de Ordenación de Recursos Humanos, actualmente en proceso de revisión y se continuarán trabajando y definiendo en Mesa Sectorial.
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