La Fiscalía Superior de Andalucía ha trasladado a la sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), con sede en Granada, el dictamen favorable a la orden de la Consejería de Salud y Familias del 18 de agosto por la que se acuerda
establecer pruebas PDIA semanales al personal sanitario no vacunado, así como las personas trabajadoras en los
centros sociosanitarios residenciales y no residenciales de mayores y grandes dependientes, al igual que al personal del servicio de ayuda a domicilio.
Con este informe, la Fiscalía de Andalucía no acepta la demanda de la asociación Liberum contra esta orden de la Consejería de Salud y Familias por considerar que limita derechos fundamentales. El dictamen de la Fiscalía señala que e
xiste una normativa habilitante que autoriza a la administración sanitaria a dictar normas que contengan medidas en la lucha contra la pandemia y considera que ésta "soporta el juicio de proporcionalidad exigible".
"Son medidas necesarias para la obtención del fin perseguido y moderadas a la situación actual hasta el punto de que, frente a la vacunación obligatoria, la vacunación obligatoria indirecta o la pruebas PDIA,
la orden opta por la menos invasiva con la pruebas PDIA para el personal que trabaja con un sector especialmente vulnerable", explica la Fiscalía.
Del mismo modo, subraya que "esta medida
concilia la libertad de los empleados, plasmada en la decisión personal de vacunarse o no vacunarse,
con la vigilancia escrupulosa de las consecuencias que depare a terceros su libre decisión que libremente adoptan no ha de perjudicar a terceros y menos a un colectivo especialmente vulnerable, dada la evidencia científica de la facilidad de transmisión".
También recoge el dictamen de la Fiscalía que las medidas son ponderas y equilibradas por derivarse de ellas
más beneficios o ventajas para el interés general que perjuicios sobre otros bienes o valores en conflicto "ya que con las medidas se persigue la garantía de la salud pública y la salvaguarda de los derechos a la protección a la salud y a la vida que corresponden a personas vulnerables como al personal sanitario o socio sanitario que presta servicios en dichos centros".
La Junta recurre al Supremo
Por su parte, el consejero de Salud y Familias,
Jesús Aguirre, ha señalado que el Gobierno andaluz ha
recurrido ante el Tribunal Supremo (TS) la resolución del TSJA que suspende cautelarmente la medida acordada por la Junta para imponer la realización de pruebas diagnósticas periódicas a todos los trabajadores de residencias de mayores y en centros sanitarios y sociosanitarios.
Aguirre ha lamentado que el TSJA le "va cortando las alas" a la Junta de Andalucía en su lucha contra la persistencia del Covid-19 en las residencias, pues, ante la negativa a vacunarse de algunos trabajadores, Salud pretendió la vacunación obligatoria de estos empleados, lo cual ha rechazado el alto tribunal andaluz, y después el que, al menos, se les puedan hacer "PCR dos veces en semana", lo que también ha sido rechazado por el TSJA.
Por esta razón, la Junta ha recurrido en casación ante el Tribunal Supremo (TS) dichas resoluciones, ya que, según manifiesta Aguirre, "
quitan las armas" a Salud para combatir al coronavirus en las residencias, lo cual se debe también, según ha argumentado, a que "no hay una Ley de Salud Pública, a que no ha habido un cambio legislativo" para adaptarse a la pandemia, "y eso es achacable al Gobierno central", ha dicho.
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