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Andalucía regula la Medicina hiperbárica y su vinculación hospitalaria

Incluye los requisitos que deben cumplir los profesionales sanitarios que se dediquen a estas actividades

Cámara hiperbárica.


30 jul 2025. 12.50H
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La Consejería de Salud y Consumo de la Junta de Andalucía ha aprobado la guía de funcionamiento de la unidad asistencial de Medicina hiperbárica, que busca regular las condiciones funcionales y organizativas, así como los requisitos técnicos de estructura, instalaciones y equipamiento exigibles para la autorización de instalación, funcionamiento y modificación de los centros sanitarios que la oferten.

Según detalla, será aplicable tanto a centros sanitarios como a los servicios sanitarios de Medicina hiperbárica integrados en una organización no sanitaria. En ese sentido, los primeros de estos estarán sujetos al régimen jurídico establecido para las autorizaciones sanitarias en la región andaluza.

Los servicios de Medicina hiperbárica integrados en una organización no sanitaria deberán disponer de espacios diferenciados, separados y correctamente señalizados. "Dichos espacios estarán destinados en exclusiva para la actividad sanitaria objeto de autorización, sin poder ser utilizados ni compatibilizados con actividades no sanitarias, salvo lo referido a los aseos comunes" ya determinados, tal como indica la publicación del Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Vinculación hospitalaria de las unidades hiperbáricas


La guía elaborada por Salud y Consumo también contempla un apartado de Vinculación hospitalaria, en la que establece que las unidades asistenciales de Medicina hiperbárica "equipadas tanto con cámaras monoplaza como multiplaza, que no estén autorizadas en un hospital, deberán tener un documento de vinculación con un centro hospitalario y un documento de vinculación con una empresa de transporte sanitario", que permita la derivación y traslado de pacientes en el caso de que surjan complicaciones que superen la capacidad del centro.

Además, el centro hospitalario vinculado deberá disponer de autorización sanitaria de las unidades asistenciales de Urgencias y Emergencias y Medicina intensiva.

Del mismo modo, los documentos de vinculación deberán especificar la vigencia y las obligaciones que asumen ambas partes. En el caso del transporte sanitario, deberá constar la dotación necesaria para el soporte vital básico durante el traslado, así como el tiempo de respuesta que no podrá exceder los 30 minutos.

Requisitos del personal de las unidades hiperbáricas


El cuarto capítulo hace referencia al personal sanitario. El centro de Medicina hiperbática tendrá una dirección técnica ejercida por una persona licenciada o graduada en Medicina y un máster universitario con prácticas presenciales acreditadas en Medicina hiperbárica y subacuática. El resto del personal titular en Medicina deberá tener la formación de máster universitario requerida para la dirección técnica. Se determina que las actividades asistenciales son responsabilidad de la dirección técnica o del profesional perteneciente a la plantilla del centro que lo sustituya en caso de ausencia.

En cuanto al personal sanitario no médico, "deberá estar en posesión de la correspondiente titulación o habilitación oficial que le capacite para el ejercicio profesional", tal como subraya el documento. 
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