El Boletín Oficial de Andalucía ha publicado el decreto para crear y regular el funcionamiento de la
Comisión Autonómica para el Uso Racional de los Medicamentos. Este órgano colegiado tendrá carácter asesor y decisorio en el S
istema Sanitario Público de Andalucía (SSPA). Sus funciones se centrarán en la optimización, armonización de la prestación farmacéutica y el uso racional del medicamento en la comunidad autónoma.
Entre las funciones que tendrá esta nueva Comisión está: establecer los criterios necesarios para coordinar la
gestión de compras de medicamentos en el SSPA; determinar los
fármacos que, por su alto impacto sanitario o presupuestario o por detectarse una alta variabilidad en su utilización, se considere necesario que sean usados de forma homogénea en el SSPA; asimismo, tendrá que encargar la elaboración de informes de utilización necesarios para armonizar los
criterios de uso de esos medicamentos.
Además, es responsabilidad de este nuevo organismo establecer los criterios de
utilización de los fármacos y las estrategias e intervenciones en
promoción del uso racional de medicamentos (URM), identificando las áreas de mejora, para garantizar la calidad, seguridad, eficiencia y resultados en salud; así como implantar los principios generales que han de regir la elaboración y el contenido de las
Guías Farmacoterapéuticas del SSPA. La Comisión también colaborará en las estrategias de
seguridad de los medicamentos y
farmacovigilancia.
Cómo funcionará la Comisión
El decreto también regula el
funcionamiento de la Comisión. Esta se reunirá de forma ordinaria, como mínimo, cuatro veces al año y, de forma extraordinaria, por convocatoria de su presidente. Para un mejor asesoramiento y apoyo en sus funciones, el organismo podrá constituir cuantos
grupos de trabajo considera oportuno, integrándolos con personal experto, bien sea de carácter temporal o permanente. Los acuerdos tienen que ser adoptados por
mayoría absoluta de sus miembros. Los componentes de este nuevo órgano no podrán ser personas que trabajen en la fabricación, comercialización, representación, distribución, venta de medicamentos o consultoría o que hayan trabajado en los veinticuatro meses anteriores a su nombramiento. Tampoco podrán formar parte de los grupos de trabajo.
La Comisión, cuyo proceso de creación comienza tras su publicación en el Boletín, estará adscrita a la
Dirección General de Salud Pública y Ordenación Farmacéutica. Usará los medios humanos, materiales y tecnológicos de la Subdirección competente en gestión de la prestación farmacéutica del Servicios Andaluz de Salud y tendrá su sede en la ciudad de
Sevilla, coincidiendo con la del órgano directivo.
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