La
Junta de Andalucía ha configurado la composición de las
Mesas de Contratación en el Servicio Andaluz de Salud (SAS), que tendrán la labor de
coordinar la contratación pública, por un lado, y la coordinación, ordenación, actualización, priorización y
ejecución de los Planes Provinciales de Infraestructuras Sanitarias del SAS por otro. La resolución ha sido publicada este viernes en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (
BOJA) por parte de la Consejería de Salud y Consumo que dirige
Catalina García.
En total el
departamento sanitario andaluz ha fijado la configuración de tres Mesas de Contratación, que tendrán
“carácter permanente”. En el ámbito de los
Servicios Centrales, el órgano queda compuesto con carácter general de la siguiente manera: una Presidencia, cuatro Vocalías y una Secretaría. El
presidente será el subdirector Económico y de Servicios Centrales del Hospital Universitario Virgen del Rocío de Sevilla, quien tiene encomendadas las funciones de coordinación de la contratación pública entre los Servicios Centrales del organismo y las Centrales Provinciales de Compras, y el desarrollo de dicha actividad en el ámbito de los expedientes centralizados, la cual está adscrita funcionalmente a la Dirección General de Gestión Económica y Servicios.
La
Secretaría estará al cargo de un funcionario estatutario o personal laboral adscrito a los Servicios Centrales del Servicio Andaluz de Salud. Las
Vocalías, por su parte, quedan definidas de la siguiente manera:
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Vocal 1: la persona titular de la Subdirección de Compras y Logística.
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Vocal 2: el subdirector económico y de Servicios Generales del Hospital Universitario Virgen de la Victoria de Málaga, quien coordinará, en el ámbito centralizado y desconcentrado de la gestión económica del SAS, la ordenación, actualización, priorización y ejecución de los Planes Provinciales de Infraestructuras Sanitarias de la sanidad andaluza, adscrita a la Dirección General de Gestión Económica y Servicios.
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Vocal 3: Un letrado de la Administración sanitaria.
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Vocal 4: Un representante de la Intervención General de la Junta de Andalucía.
Respecto a la mesa para los expedientes de contratación cuyo objetivo sea de destino exclusivo para la
Dirección Gerencia del Centro de Emergencias Sanitarias 061, también de los Servicios Centrales, el ente se configurará de esta manera:
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Presidencia: la persona titular de la Dirección Económico-Administrativa y de Servicio Generales.
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Secretaría: el Coordinador Técnico de Contratación y, en su defecto, un técnico de función administrativa adscrito a la Dirección Económico-administrativa y de Servicios Generales.
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Vocal 1: la persona titular de la Dirección Médica.
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Vocal 2: la persona titular de la Subdirección Económico-Administrativa y de Servicios Generales.
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Vocal 3: un letrado de la Administración sanitaria.
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Vocal 4: un representante de la Intervención de la Junta de Andalucía.
Mesa de Contratación provincial del SAS
Respecto al
ámbito provincial andaluz, la Mesa de Contratación tendrá el mismo organigrama. La
Presidencia recaerá en la persona titular de la Dirección Económico-Administrativa del hospital en el que radica el órgano de contratación, funcionalmente vinculada a la Central Provincial de Compras. La
Secretaría estará en manos de un técnico de función administrativa, o de gestión administrativa, de cualquiera de los centros sanitarios de la provincia, funcionalmente vinculado a la Central Provincial de Compras. Las
Vocalías, por su parte, se completarán del siguiente modo:
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Vocal 1: un director Económico-Administrativo o director Médico o de Enfermería, adscrito al órgano de contratación.
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Vocal 2: un subdirector Económico-Administrativo, de cualquiera de los centros sanitarios de la provincia, funcionalmente vinculado a la Central Provincial de Compras.
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Vocal 3: Un letrado de la Administración sanitaria.
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Vocal 4: Un representante de la Intervención de la Junta de Andalucía.
Por otro lado, Salud ha recalcado en el Boja que en la
composición de las Mesas de Contratación “deberá respetarse la representación equilibrada de mujeres y hombres en los términos previstos en el artículo 11.2 de la Ley 12/2007, de 26 de noviembre, para la promoción de la
igualdad de género en Andalucía”.
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